La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia desestimó la demanda presentada por la hija de una mujer que falleció en el hospital Virgen de la Arrixaca por una infección contraída cuando era atendida del traumatismo cráneo-encefálico sufrido en una caída en la calle.
La sentencia desestima el recurso, en el que se reclamaba una indemnización de 70.450 euros por mala praxis médica, porque, según el tribunal, no se acreditó la relación de causalidad entre el funcionamiento del servicio sanitario y la muerte.
La hija de la accidentada expuso en su demanda que esta ingreso en el hospital en mayo de 2010 tras la caída sufrida en una calle de la pedanía murciana de Sangonera la Verde, que le había producido el traumatismo.
Tras su fallecimiento, la autopsia reveló que la causa del mismo fue una sepsis, por lo que la familia consideró que la Comunidad Autónoma era responsable patrimonial de lo ocurrido por no haber utilizado los medios precisos para evitar esa infección.
El TSJ, al desestimar el recurso, señala que el estado de la paciente era muy grave; no se observa mala praxis en la actuación médica, pues se fueron tomando las decisiones según aparecían los distintos signos o síntomas».
«El lamentable resultado del fallecimiento -concluye la Sala- no puede achacarse a una actuación médica, sino a la gravedad del traumatismo cráneo-encefálico y a las complicaciones que del mismo se derivaron».